domingo, 9 de octubre de 2022

Consecuencias de la futura ley trans

Antonio Granadilla

Traemos un hilo de Twitter deTasia Aránguez, profesora de filosofía del derecho de la universidad de Granada, feminista, de izquierdas y combativa desde hace tiempo de la ley trans.

Tasia se ha hecho famosa en los últimos tiempo por posicionarse claramente contra la ley trans. Se ha puesto del lado de algunas otras famosas feministas en España como la histórica filosofa Amelia Valcárcel, la polémica periodista  Barbijaputa, la mediática escritora Lucía Etxebarria o la provocadora humorista Patricia Sornosa. 

Dejamos aquí su hilo donde analiza las consecuencias que la aplicación de esa ley podrá tener en la práctica.

https://twitter.com/arangueztasia/status/1577676787840073728

 

Hilo sobre aspectos graves del proyecto de ley trans:
 
Art 39 permite cambio de sexo legal sin tener disforia, sin hormonarse, sin cambiar la estética, sin que se les pidan antecedentes de violencia machista o sexual, sin que pueda ponerse en duda su “sentimiento” autodeterminado
 
Art 41 no prohíbe que los maltratadores cambien de sexo legal para posteriormente cometer violencia género y eludir la ley. Tampoco prohíbe que cambien de sexo para ir a carcel de mujeres
 
Art 49 permite que las personas autodeterminadas trans accedan a medidas de acción positiva (como cuotas laborales y beneficios fiscales) sin tener que probar que son transexuales
 
El Título cuarto castiga con multas de hasta 150.000 euros conductas como: 
-hacer una terapia a tu paciente para que supere el rechazo a su cuerpo. 
-rechazar que un hombre con barba que se autodetermina “mujer” entre a tu evento exclusivo para mujeres.
 
Art 26 prohíbe la discriminacion por razón de “identidad sexual” en el deportes, abriendo la puerta a que los varones biológicos con toda su ventaja física compitan contra mujeres.
 
Art 66.4 permite denunciar a los padres a servicios sociales por maltrato familiar si no están de acuerdo en que su hijo/a sea trans.
 
Disposiciones finales: modificación de la ley del código y civil y la ley del registro civil para sustituir los términos “madre” o “viuda” por “progenitor gestante”.
 
Disposiciones finales: se castiga a las empresas que pregunten al candidato si es trans o a las que excluyan a los varones biológicos de su oferta laboral exclusiva para mujeres.
 
Artículo 38: a los 16 se puede cambiar de sexo legal sin consentimiento parental y sin diagnóstico de disforia, mediante mera declaración en el registro. A los 14 también, aunque hace falta consentimiento parental
 
Disposiciones finales: a los doce años se puede cambiar de sexo legal mediante autorización judicial sin presentar diagnóstico de disforia. Si los padres se oponen, se nombrará a un “defensor judicial” (que puede ser de una asociación trans) para que autorice al menor
 
Artículos 41 y 44. Todas las personas podrán cambiar de sexo en los registros, borrando la constancia de su sexo de nacimiento y podrán modificar sus documentos, ocultando su sexo biológico
 
Art 25. Derecho de admisión. Los varones identificados como mujeres pueden entrar en baños, vestuarios y en cualquier espacio de mujeres, pues lo contrario se considera discriminatorio
 
Artículo 3. El proyecto extiende a las parejas gais y lesbianas las medidas específicas para la protección de las víctimas de violencia de género, reabriendo el debate ya superado sobre la diferencia entre la violencia de género y la violencia doméstica

 

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